Mazzoni, Jorge Andrés. (2010). El impuesto a las salidas no documentadas y el proceso penal tributario. (Trabajo Final), Universidad Nacional de Mar del Plata; Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.
[ Texto completo no disponible en Nülan ]
Resumen
El presente trabajo pretende abordar la problemática que se suscita cuando se inicia una causa penal en la que se investiga la presunta comisión del delito de evasión tributaria que involucra al denominado impuesto a las salidas no documentadas. Teniendo en cuenta las características que presentan los tipos de evasión simple y agravada de tributos prevista por los artículos 1 y 2 de la ley 24.769 - que son las figuras donde generalmente se subsume esta conducta -, el estudio de la cuestión impone no sólo abordar el análisis dogmático de algunos aspectos de los mismos - con las obvias limitaciones propias de la extensión del trabajo -, sino que se requiere además el análisis de la ley del Impuesto a las Ganancias y de su decreto reglamentario. Complementaremos este análisis con el estudio de los dictámenes emanados de la AFIP-DGI, de los aportes de la doctrina y de la jurisprudencia de los tribunales - sobre todo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación - que fueron definiendo la naturaleza jurídica del instituto, para determinar luego quien es el sujeto obligado, y si ese sujeto es en todos los casos el autor del delito de evasión del impuesto a las salidas no documentadas. También analizaremos si corresponde sumar los montos que arroja la determinación referida al impuesto a las ganancias conjuntamente con los determinados en concepto de las salidas no documentadas, a los fines de analizar si se alcanzan los umbrales cuantitativos previstos por la ley 24.769, cuál es el momento consumativo del delito de evasión del impuesto a las salidas no documentadas y su relación con la prescripción de la acción penal. Pretendemos demostrar que una gran cantidad de denuncias motivadas en determinaciones de oficio que imponen el pago de este impuesto no deberían ser subsumidas en estos tipos penales, porque el sujeto imputado no despliega ninguno de los medios comisivos previstos en los mismos ni se encuentra en posición de garante respecto del bien jurídico, sino que el organismo recaudador lo denuncia atribuyéndole una responsabilidad penal de tipo objetivo.
Tipo de documento: | Monografía (Trabajo Final) |
---|---|
Autores: | |
Otros Responsables: |
|
Páginas: | 54 |
Institución: | Universidad Nacional de Mar del Plata; Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales |
Estado: | Inédito |
Fechas: |
|
Palabras Clave: | Impuestos, Evasión Tributaria |
Filiación: | Facultad de Cs. Económicas y Sociales > Carreras de Posgrado > Especialización en Tributación |
Notas: | Especialización en Tributación |
Google Scholar: | Ver citaciones |
URI: | http://nulan.mdp.edu.ar/id/eprint/1171 |
Exportar datos: |
Personal Autorizado: |
Editar ítem |